Refugiados Palestinos (cuarta parte)

¿Cuales son los derechos de los Refugiados Palestinos de acuerdo al derecho internacional?

Bajo el derecho internacional, los derechos de los refugiados palestinos incluyen:

  • El reconocimiento por parte de Israel de su responsabilidad en la creación y continuación del tema de los refugiados;
  • El reconocimiento e implementación del principio de derecho a retorno;
  • La restitución de las propiedades de los refugiados Palestinos;
  • Completa compensación por esas propiedades (cuando la restitución no es materialmente posible o si es que el refugiado opta que la perdida debe ser reparada por medio de la compensación), así como compensación por el largo desplazamiento y el sufrimiento de los refugiados.

¿Tienen los refugiados Palestinos derecho a retornar a sus hogares?

Sí. Bajo el derecho internacional, civiles que dejan una zona de Guerra tienen derecho a retornar a sus hogares. Ese derecho se encuentra en:

Resolución 194 de Naciones Unidas – (aprobada el 11 de Diciembre de 1948 y reafirmada cada año desde 1948): [16]

“…los refugiados (palestinos) que deseen retornar a sus hogares y vivir en paz con sus vecinos se les debe permitir hacerlo en la fecha mas pronta de practica, y compensación debe ser pagada por sus propiedades para los que no deseen retornar así como por perdida o daños a la propiedad, bajo principios de derecho internacional o en igualdad, debe realizarse por el gobierno o las autoridades responsables”

Declaración Universal de los Derechos Humanos, 10 de Diciembre de 1948:

“Cada cual tiene el derecho de dejar cualquier país, incluyendo el suyo, y retornar a su país” (Articulo 13 (2)) .

Convención Internacional para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial, 21 de Diciembre de 1965:

“…(los) Estados parte se comprometen a prohibir y eliminar la discriminación racial en todas sus formas, garantizando el derecho de cada persona, sin distinción de raza, color u origen nacional o étnico, a la igualdad ante la ley, particularmente en el goce de… salir de cualquier país, incluyendo el suyo propio, y retornar a su país” (Articulo 5(d)(ii))

Convención Internacional de derechos Civiles y Políticos, 16 de Diciembre de 1948.

“Nadie puede arbitrariamente ser privado del derecho de entrar a su propio país” (Articulo 12(4)) .

Practica Internacional:

En Bosnia, Timor Oriental, Kosovo y Ruanda se ha honrado el derecho a retorno de los refugiados. En Kosovo, el derecho a retorno fue considerado un tema “no negociable”.

¿Por que los refugiados Palestinos no han podido retornar a sus hogares en Israel?

Israel se rehúsa a cumplir e derecho internacional con respecto a los derechos de la población indígena no-judía.

Israel se define como un “estado Judío” y los refugiados Palestinos son Cristianos y Musulmanes. Judíos de todas partes del mundo e incluso conversos al judaísmo son permitidos de inmigrar a Israel bajo la “Ley del Retorno”; pero en una clara demostración de discriminación étnica/religiosa, a la población indígena de Palestina, cristiana y musulmana, se le es prohibido el derecho a retornar a sus hogares.

¿Que ha hecho la Comunidad Internacional respecto a los refugiados Palestinos?

La comunidad internacional ha apoyado de forma amplia el principio del derecho a retorno Palestino lo que es reafirmado todos los años en la Asamblea General de Naciones Unidas.

En 1949, la UNRWA (Agencia de Naciones Unidas para los Refugiados Palestinos) fue creada; es la organización de ayuda primaria responsable del bienestar de los refugiados.

Sin embargo, la comunidad internacional ha fallado en tomar alguna medida concreta para forzar a Israel a cumplir el derecho internacional y permitir que los refugiados puedan retornar.

¿Que acaso el derecho a retorno no pone en peligro el “carácter judío” de Israel?

Permitir que cristianos y musulmanes puedan optar a retornar a sus hogares no niega el apego histórico Judío a Israel ni tampoco niega los derechos de los judíos a inmigrar a Israel.

El derecho a retorno es esencialmente un derecho a optar y solo busca responder a una injusticia histórica así como afirmar los derechos de la población indígena no-judía.

¿Por que los países donde los refugiados se encuentran no podrían simplemente absorber a los refugiados Palestinos?

Los refugiados palestinos no son de los países que los acogen: ellos son de donde hoy es Israel y tienen el derecho a retornar a Israel. Mientras muchos países han garantizado a los refugiados Palestinos una completa ciudadanía, adquirir derechos en otro país no niega el derecho de los refugiados de retornar a sus hogares.

¿Por que el futuro Estado Palestino no puede absorber a los refugiados Palestinos?

Nuevamente, de acuerdo al derecho internacional, incluyendo la resolución de la Asamblea General de Naciones Unidas 194, los refugiados Palestinos tienen el derecho a optar si retornar a sus hogares originales o de reasentarse en algún otro lugar. Para los refugiados de 1948, el retornar al Estado Palestino puede ser una opción atractiva pero proveer a los refugiados de esa opción no puede excluir la opción de ejercer su derecho a retorno.

Además, la habilidad del futuro Estado Palestino de absorber a los refugiados ha de depender de la naturaleza del acuerdo de estatus permanente con Israel, especialmente en lo que respecta a fronteras.

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